Debido a las consultas recibidas en esta Federación, conviene aclarar que en el caso de deportistas ciudadanos de la Unión Europea y ciudadanos de países integrados en el espacio económico europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega, además de ciudadanos suizos) es suficiente con tener la condición de residente en España y disponen de tres meses desde la fecha de empadronamiento para aportar el certificado del registro de ciudadanos de la Unión.
La inscripción en el Registro Central de Extranjeros debe realizarse personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente.
Por lo tanto, para expedir una licencia deberá residir el o la deportista en España (sin necesidad de permiso de residencia) y aportar en ese plazo de tres meses el certificado conforme se ha inscrito en el registro de ciudadanos comunitarios. En caso de no aportarse en ese plazo el certificado, la vigencia de la licencia decae y no podría participar en ninguna competición oficial de la FEDDF.
El hecho de falsear la residencia en España puede dar lugar a la correspondiente denuncia y las consecuencias que de ella traigan causa.
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