Categorías: deportes

La FDJ lanza el VII ‘España compite’ para impulsar proyectos deportivos

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

La Fundación Deporte Joven (FDJ) del Consejo Superior de Deportes (CSD) lanza la séptima edición del programa ‘España compite’ con el objetivo de impulsar el crecimiento del deporte nacional facilitando la participación de las empresas, informa en un comunicado.

La iniciativa, calificada como actividad prioritaria de mecenazgo, ofrece desgravaciones fiscales tanto a las empresas como a los empresarios individuales que hagan donativos, donaciones y aportaciones a la Fundación Deporte Joven con destino a la financiación de dicho programa.

‘España Compite’ tiene como beneficiarios a deportistas y entidades deportivas, y contempla como líneas de actuación la participación de entidades deportivas en competiciones, la preparación o participación de deportistas en competiciones deportivas, y la organización de la propia actividad deportiva.

Este programa de ayudas ha hecho posible, desde que la FDJ asumiera su gestión en 2017, que se pongan en marchamás de 350 proyectos deportivos en las disciplinas de atletismo, automovilismo, baloncesto, balonmano, ciclismo, ciclismo paralímpico, esquí, fútbol sala, golf, motociclismo, pádel, piragüismo, remo, tenis, triatlón, triatlón paralímpico, vela, voleibol y, entre otras, windsurf.

En los últimos años, ‘España Compite’ ha experimentado un importante crecimiento. El pasado año contó con la implicación de 166 donantes favorecidos que hicieron viable la ejecución de 60 proyectos deportivos.

BENEFICIOS FISCALES

La calificación como actividad prioritaria de mecenazgo de este programa para 2023 reporta un beneficio fiscal a las empresas y a los autónomos que hagan donativos, donaciones y aportaciones a favor de la Fundación Deporte Joven para la gestión de ‘España Compite’.

En el caso de las empresas que tributan por Impuesto de Sociedades (IS), el beneficio fiscal consistirá en una deducción a practicar en la cuota íntegra del IS igual al 40 por ciento del donativo, donación o aportación, siempre y cuando el importe no supere anualmente el 15% de la Base Imponible del impuesto de sociedades, y sea de entre 150 y 50.000 euros por año y aportante.

En cuanto a los autónomos, que tributan por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se establece también que los donativos, donaciones y aportaciones sean por una cantidad de entre 150 y 50.000 euros por año y aportante.

En su caso, los primeros 150 euros de la donación, comportarán una deducción del 85%, mientras que, por el importe restante del total de la donación, corresponderá una deducción del 40%. El límite de la deducción se establece en el 15% de la base liquidable del IRPF.

Redacción

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