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La LNFS apeló la decisión sobre derechos audiovisuales en la disputa con seis equipos

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

La Liga Nacional de Fútbol Sala presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la sentencia dictada en el conflicto con seis equipos de la competición –Inter, Jaén, Burela, Peñíscola, Ribera y CD Xota–, que determina que estos incumplieron el contrato de explotación de derechos audiovisuales de la LNFS y LaLiga, pero sin imputarles cantidad económica alguna, según un comunicado.

“La Junta Directiva de la LNFS, con su presidente Javier Lozano al frente, ha alcanzado el acuerdo de presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la sentencia dictada por el Juzgado nº 12 de Lo Mercantil de Madrid del pasado 16 de abril, en la reclamación instada por daños y perjuicios ocasionados por seis equipos que incumplieron el contrato de cesión de derechos audiovisuales que suscribieron la LNFS y LaLiga el 5 de septiembre de 2018”, informó la entidad.

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La entidad ve “incomprensible” la decisión del juzgado madrileño, después de que este considere “probado” en su sentencia que los clubes demandados –Inter, Jaén, Burela, Peñíscola, Ribera y CD Xota–, pero “no les condena al pago de cantidad alguna, lo que a va ser objeto de recurso”.

La sentencia afirma que su acción “puede calificarse como incumplimiento de las obligaciones propias de los asociados que dimanan del art. 22.d) de la Ley de Asociaciones”. La LNFS recordó en su comunicado que, con la aprobación de todos los clubes que a dicha fecha conformaban la Asociación, cedió a LaLiga la titularidad de todos los derechos de explotación audiovisual de la totalidad de los partidos de los clubes de Primera División, la Copa de España y la Supercopa desde la temporada 2018-19 a la 2022-23, ambas incluidas.

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Según el documento emitido por la LNFS, la sentencia acredita que los clubes demandados -“que ya no forman parte de la Asociación- no se opusieron al contrato suscrito en 2018”. Además, cedieron “la explotación conforme a estatutos de la LNFS en 2013 y 2019, llegando incluso a percibir emolumentos por la explotación pacífica de dicho contrato en sus dos primeras temporadas”.

Como aparece en el comunicado, la sentencia afirma que “el poder para representar a la sociedad con tercero corresponde a los administradores. Y, por lo tanto, habiéndose vinculado la asociación a la que pertenecían mediante contrato, no pueden desvincularse de éste, amparándose en la baja asociativa (no cuestionada)”.

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Por lo tanto, la LNFS defiende que el juzgado declara probado que los clubes percibieron “las cantidades acordadas por la ejecución del contrato”, que después “acabaron incumpliendo”.

“Cabe señalar que, en cuanto a las costas procesales, el Juzgado nº 12 de Lo Mercantil de Madrid ha apreciado ‘la concurrencia de incumplimiento contractual de los clubes demandados, lo que, en este punto, se pondera como duda fáctica, por lo que no procede la imposición o condena en costas a ninguna de las partes'”, concluyó el comunicado, mientas que será la Audiencia Provincial de Madrid la que dictará la sentencia definitiva en este conflicto judicial.


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