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Facua insta a los asistentes al derbi a que reclamen el 50% de las entradas por la suspensión del partido

SEVILLA, 18 (EUROPA PRESS)

La asociación Facua Sevilla ha advertido este lunes de que los asistentes al derbi Betis-Sevilla de este pasado 15 de enero tienen derecho al reembolso del 50% de lo que pagaron por la localidad tras la cancelación del partido, dado que se suspendió cerca del final del primer tiempo y que al día sguiente se celebró a puerta cerrada y sin público.

La inmensa mayoría de los asistentes eran abonados del Betis que tuvieron que pagar entre 15 y 40 euros para activar sus abonos –en función de la zona– y así poder acudir al partido. Los abonados que no activaron sus abonos a tiempo tenían la opción de adquirir la localidad a un precio de entre 35 y 45 euros, según la zona.

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El Sevilla FC, por su parte, dispuso de hasta 300 entradas en la sección Visitante para sus aficionados, con un precio de 35 euros. El estadio se encontraba al 75% de su capacidad como consecuencia de las medidas por la covid-19.

A través de un comunicado, Facua Sevilla ha instado al Real Betis Balompié a realizar de “forma automática” las devoluciones a los asistentes en el “menor plazo posible” e, igualmente, aconseja a los usuarios afectados que reclamen al club el reembolso del 50% de lo que pagaron por su localidad.

La asociación ha detallado que el artículo 15 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, recoge como derecho de los asistentes a un evento –como un partido de fútbol– “la devolución, en los términos que reglamentariamente se determinen, de las cantidades satisfechas por la localidad y billete y, en su caso, la parte proporcional del abono, cuando el espectáculo sea suspendido o sea modificado en sus aspectos esenciales”.

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De igual forma, el artículo 23 del Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía señala que “los espectadores y asistentes tienen derecho a la devolución de las cantidades satisfechas por la entrada o localidad y, en su caso, a la parte proporcional del abono, cuando el espectáculo público o la actividad recreativa sea suspendido, aplazado o modificado en sus aspectos sustanciales”.

Además, el reglamento especifica que la devolución del importe se debe iniciar “desde el momento de anunciarse la suspensión” y finalizará “cuatro días después del fijado para la celebración”. Este plazo, sin embargo, se prorrogará automáticamente si una vez finalizado hubiese “espectadores o asistentes en espera de devolución”.

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