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El Gobierno llama a organizaciones que forman parte de ligas nacionales y federaciones para solicitar subvenciones por un monto de 2 millones de euros

LOGROÑO, 25 (EUROPA PRESS)

El director general de Deporte y Juventud, Diego Azcona, ha informado sobre las dos convocatorias de ayudas a entidades deportivas que participan en Ligas regulares oficiales de carácter nacional y a las federaciones deportivas riojanas. Unas convocatorias publicadas hoy, 25 de abril, en el Boletín Oficial de La Rioja y que contemplan ayudas de más 2 millones de euros destinadas a apoyar y fortalecer el tejido deportivo riojano.

La primera línea de subvenciones, con una partida global de 1,1 millón de euros, está dirigida a las 37 Federaciones Deportivas Riojanas inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja que obtengan al menos el 5% del total de puntos posibles. En concreto, el periodo subvencionable en la convocatoria es el establecido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024. Como ha confirmado Azcona, “el plazo de presentación de solicitudes es de 30 días hábiles desde mañana, 26 de abril, y el plazo de justificación de la subvención finalizará el 15 de octubre de 2024”.

En cuanto a la segunda convocatoria abierta, con un montante de 920.000 euros, está dirigida a apoyar a entidades deportivas riojanas que participan en ligas regulares oficiales de carácter nacional, inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Además, estas entidades tienen que desarrollar su actividad mayoritariamente en la región, con excepción de las sociedades anónimas deportivas, y de las agrupaciones deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja, que obtengan al menos el 5 por ciento del total de puntos posible. Así, como ha explicado Azcona, “se entiende que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y, al menos el 85 por ciento de los encuentros y entrenamientos de competiciones, los disputa en nuestro territorio”.

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Estas ayudas autonómicas, como ha destacado Azcona, “tienen como propósito colaborar en la financiación de los gastos de naturaleza corriente derivados de la intervención en competiciones de ámbito federado”. En este caso, el importe subvencionable atenderá a los gastos comprendidos entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 derivados de las actividades y programas deportivos que organice la federación.

El plazo de presentación de solicitudes, que se deberá hacer de forma telemática, será de 15 días hábiles a partir de mañana, 26 de abril, mientras que el plazo de justificación de la subvención finaliza el 31 de julio de 2024, una fecha que, como ha explicado Azcona, “Se ha adelantado dos meses porque las ligas acaban el 30 de junio, así se les da un mes para que presenten toda la justificación de la subvención, y de esta manera los técnicos pueden elaborar toda las subvenciones para que puedan llegar a cobrar antes las entidades deportivas riojanas”.

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Azcona ha confirmado, además, que en los próximos días “se van a facilitar tanto los modelos de solicitudes, disponibles en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones), como de justificaciones para facilitar tanto a entidades y federaciones para que presenten las subvenciones con mayor comodidad y, además, la próxima semana se va a convocar la Mesa de Federaciones donde recibirán toda la información y ayuda que necesiten”.

GASTOS SUBVENCIONABLES

En el caso de las ayudas a las federaciones, los gastos subvencionables atienden a los derivados del personal y a los servicios profesionales prestados por profesionales independientes utilizando medios propios, incluyendo los derechos de arbitraje cuando las personas que ejerzan de juez o árbitro realicen su actividad de forma independiente de la federación. También están contempladas las ayudas a personas deportistas, el personal técnico deportivo, el personal médico, los servicios docentes o las personas que ejerzan de jueces y árbitros.

En esta convocatoria también se atiende los gastos relativos al transporte, la manutención y el alojamiento de personas deportistas y personal técnico; subvenciones a clubes y otras entidades afiliadas a la federación correspondiente, compras y suministros, las cuotas de afiliación a las Federaciones Deportivas Españolas y las inscripciones para participar en campeonatos, torneos, o competiciones, tanto nacionales como en su caso internacionales.

Por último, se pueden presentar otros gastos como arrendamientos, reparaciones y conservación, transportes, primas de seguro, publicidad, material de oficina, comunicaciones y gastos financieros, subvencionables siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

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Los gastos subvencionables en Ligas son los ocasionados por la participación de los equipos en ligas nacionales federadas y contemplan el transporte y el alojamiento de deportistas y personal técnico, así como sus gastos de manutención cuando deriven de la participación en competiciones desarrolladas fuera de su localidad; los gastos de personal técnico que formen parte del cuerpo técnico de los equipos, y los ocasionados para asegurar la protección de la salud y la seguridad de practicantes y espectadores (material higiénico-sanitario, servicios de seguridad, ambulancias, equipos médicos y veterinarios, o socorristas) imprescindibles para el desarrollo de la actividad.

Las ayudas también están destinadas a sufragar el alquiler de instalaciones para el desarrollo de los entrenamientos y competiciones; la adquisición de material deportivo; los gastos federativos por concepto de arbitrajes, licencias deportivas, inscripciones, seguros u otro tipo de gastos exigidos por las correspondientes federaciones deportivas, y los programas de seguimiento médico-deportivo de los deportistas de la entidad que participen en la competición subvencionada.

Los costes indirectos, tales como recursos humanos, material de oficina, teléfono, suministro de agua, energía eléctrica y gas, comunicaciones postales o limpieza, no podrán superar en ningún caso el 10 por ciento del proyecto subvencionable aprobado. Serán subvencionables los gastos generados por nóminas y cuotas de la Seguridad Social de los deportistas, no así los del personal directivo de los equipos.


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